Decidir cómo morir en internet

El Gobierno aprueba el proyecto de ley para poder designar al heredero del legado digital sin hacer testamento

Elena Freixa / Montse Riart
3 min
Ens hem cansat  de Twitter  i Facebook?

Barcelona¿Qué pasa con nuestras cuentas de correo electrónico cuando morimos? ¿Y con los libros o la música que hemos adquirido y las fotografías que hemos colgado en las redes? El gobierno catalán dio ayer el primer paso para legislar un campo aún muy virgen, el del legado digital, con la aprobación del proyecto de ley de voluntades digitales para que las personas puedan decidir sobre la gestión de su patrimonio digital cuando mueran.

La norma establecerá la figura del heredero digital para que quede incluida explícitamente en los testamentos. Esta persona será la encargada de administrar las cuentas de las redes sociales y los contenidos que haya dejado el difunto de acuerdo con su voluntad. Ahora bien, ¿qué ocurre cuando la persona -sobre todo si es joven- no ha dejado testamento en el momento de la muerte?

La ley incluirá la creación de un registro de voluntades digitales, un sistema "más ágil y sencillo", que permitirá designar si se quiere este heredero digital de manera telemática con firma electrónica y sin tener que pasar por el notario, explicó ayer el consejero de Justicia, Carles Mundó. El registro de voluntades digitales funcionará de manera similar a como lo hace ahora el registro de voluntades anticipadas, explica el abogado Eloi Font, socio director de Font Advocats, experto en derecho digital. El registro se dirige sobre todo a personas jóvenes, que no han hecho testamento pero que tienen, cada vez más, un patrimonio digital.

"Hasta ahora, no había una respuesta adecuada al hecho de morir físicamente y no poder hacerlo digitalmente", lamentó ayer el consejero Mundó en la rueda de prensa posterior al consejo ejecutivo. Justamente, esta contribución es lo que los juristas celebraban ayer de este primer paso legislativo: "Se dará respuesta a una situación de gran incertidumbre que afrontan ahora las personas, los familiares y también las plataformas y redes sociales cuando alguien muere", defendió el profesor de derecho de internet de la UOC Miquel Peguera.

Ahorrar situaciones dolorosas

Cuando alguien muere, sus cuentas siguen activas y esto provoca situaciones "chocantes" y "difíciles" para los familiares y el entorno, explica Peguera. Por ejemplo, pueden seguir recibiendo avisos en días como el cumpleaños del difunto o incluso hay personas que pueden recibir propuestas para establecer contacto con esa persona en alguna red social en la que su perfil siga activado. "Son situaciones delicadas, que afectan a la familia, y no hay mucha conciencia sobre cómo actuar en esto", dijo ayer el profesor de la UOC, satisfecho de que Cataluña impulse una ley de estas características.

Una vez tramitada y aprobada por el Parlamento, la ley será pionera en su campo, no sólo en España sino también en la UE. "En Europa, sólo hay algún precedente en Francia", asegura el abogado Eloi Font. Las empresas que se dedican a la protección de contenidos en la red, a borrar huellas digitales o gestionar estos legados también esperaban hace tiempo este nuevo paso legislativo, explicó ayer el fundador de Red Points, Josep Coll.

Actualmente, la gestión de este legado en internet se hace de manera diversa y depende a menudo de las condiciones y términos con que funcione una plataforma digital o red social determinada, explica Coll. Así, las hay que permiten eliminar toda la información del fallecido, mientras que otros permiten transformar el lugar en una especie de web de memoria y recuerdo de aquella persona, donde la gente puede dejar mensajes, por ejemplo.

Una de las partes positivas del proyecto de ley que ayer presentó el Gobierno, explicó Font, es que el texto se sometió a la audiencia de plataformas interesadas como el Colegio de Notarios de Cataluña, Google, Twitter, Facebook y LinkedIn, según consta en el informe jurídico final del proyecto de ley.

Los cambios que introducirá la futura norma, explicó Mundó, se incorporarán al Código Civil catalán. A partir de entonces, figurarán nuevos conceptos como patrimonio digital, heredero digital o testamento digital, que no sólo servirán para asegurar que una persona pueda dejar bien atada la gestión del legado en internet, sino que también empoderarà sus familiares "para cumplir las voluntades digitales de otra persona", insistió el consejero.

La protección de padres a menores

Las modificaciones en el Código Civil también establecerán el derecho de los padres a proteger a sus hijos en las redes, además de su obligación de velar por los contenidos de ellos en internet. En casos de falta de entendimiento con los hijos o cuando sospechen, por ejemplo, que hay situaciones de abuso o acoso, la ley facultará a los padres para dirigirse a la justicia y pedir a un magistrado que les facilite todo el proceso para que los prestadores de servicios digitales retiren imágenes y comentarios e incluso priven el acceso a las cuentas del menor de edad.

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