ANÁLISIS

Dos jueces imponen la declaración de Mariano Rajoy

Por coherencia, por un lado, y porque el fantasma de Rajoy ha recorrido muchas declaraciones la citación del presidente del PP parecía inevitable

Ernesto Ekaizer
4 min
Rajoy va anar a la Zarzuela com a líder del PP, però va fer les declaracions al Palau de la Moncloa

MadridLos jueces que forman el tribunal el caso Gürtel resolvieron ayer por mayoría de dos contra uno que Mariano Rajoy debe prestar declaración en calidad de testigo. Los magistrados Julio de Diego y José Ricardo de Prada votaron a favor y el presidente del tribunal y ponente, Ángel Hurtado, se opuso. Ahora, el tribunal dictará un auto o providencia en la que establecerá la fecha y las condiciones de la declaración del presidente del Gobierno y presidente del Partido Popular.

En realidad, según informó ARA, De Diego y De Prada ya se habían manifestado a finales de enero de 2016 a favor de que Rajoy fuera citado a declarar como testigo, según una propuesta elevada en el escrito de medios de prueba por la acusación popular Abogados Demócratas por Europa (ADADE), mientras que Hurtado se pronunció en contra.

Sin embargo, la votación se pospuso para que el tribunal no iniciara su andadura, antes de empezar el juicio, con una imagen de fractura. El pacto fue este: la comparecencia de Rajoy podía ser reconsiderada en función del desarrollo del juicio oral.

La acusación popular, pues, volvió a la carga el pasado 31 de marzo con un escrito pidiendo la testifical de Rajoy. A la tercera sería la vencida. Porque los magistrados De Diego y De Prada vieron, según fuentes jurídicas, que el juicio oral, en el que el PP es responsable civil subsidiario, se cerraría en falso sin la comparecencia del presidente del PP.

El juez instructor del caso, Pablo Ruz, interrogó a todos los ex secretarios generales excepto uno: Rajoy. Y el tribunal, a propuesta del ex tesorero Luis Bárcenas, ha citado a declarar como testigos en el juicio a Francisco Álvarez Cascos, Javier Arenas y Ángel Acebes. Otra vez, el gran ausente era Rajoy quien antes de ser nombrado presidente en 2004 también ocupó la secretaría general del partido.

Por coherencia, por un lado, y porque el fantasma de Rajoy ha recorrido muchas declaraciones (la de Luis Bárcenas en el juicio y la de Esperanza Aguirre durante la instrucción, declaración que ratificará mañana jueves en el juicio) la citación del presidente del PP parecía inevitable.

El PP era consciente de lo que se jugaba en términos de imagen. El abogado Jesús Santos, ex teniente fiscal de la Audiencia Nacional, contratado para ejercitar la defensa del partido, advirtió al tribunal. “Sería una decisión enormemente perturbadora”, declaró. Tras oir el que la Fiscalía Anticorrupción y la Abogacía del Estado rehazaban a la declaración de Rajoy, Santos se marchó de la sala antes de conocer la decisión. Preguntado a la salida de la Audiencia Nacional por ARA sobre cuál era su apuesta dijo: “Con la oposición de fiscalía y del abogado del Estado la citación no tiene posibilidad alguna de prosperar. No tengo la menor duda de que el tribunal la va a rechazar”.

Hurtado intentó liquidar el asunto en el primer receso de quince minutos. Pero se encontró con que sus dos compañeros de tribunal iban en serio: Rajoy debía declarar. Cuando los tres magistrados volvieron del receso, se pudo ver que ya no se miraban ni hablaban entre sí. Hurtado intentó ganar tiempo y dijo que se empezaría con la declaración de una testigo tal como estaba previsto, pero antes de empezar el interrogatorio, la soltó esta frase. “Les haremos esperar…”, en relación con Rajoy. En un nuevo receso de quince minutos, pulsó a De Diego y a De Prada para ver si seguían en sus trece. Ambos no tenían duda alguna. Rajoy debía comparecer.

Hurtado, nada más regresar, anunció que por mayoría se había resuelto declarar admisible la declaración de Rajoy. No dijo más. El tribunal deberá ahora establecer la fecha y las condiciones. Rajoy comparece por el conocimiento que puede tener sobre la trama Gürtel como ex vicesecretario, secretario general y presidente del PP. Es decir: no por saber cosas por su cargo público de presidente de Gobierno.

La ley de Enjuiciamiento Criminal, modificada, en 1991, en el capítulo de las declaraciones testificales de altos cargos públicos exigirá una interpretación del tribunal porque es un verdadero guirigay. Según el artículo 702, que se refiere al juicio oral “todos... los que están obligados a declarar lo harán concurriendo ante el tribunal”.

Pero a continuación se refiere a artículo 412 que regula las comparecencias en fase de instrucción. El apartado 3 del artículo 412 señala que cuando se trata de una persona que no haya tenido conocimiento de unos hechos por razón de su cargo se tomará la declaración en “su domicilio o despacho oficial”. Aquí encaja Rajoy.

Pero el artículo 703 señala que “la citación de estas personas [en el caso citado] se hará de manera que no perturbe el adecuado ejercicio de su cargo”. Y hay que añadir que el artículo 731 bis prevé declarar también por videoconferencia.

El tribunal, pues, deberá aclarar las condiciones. Fuentes jurídicas estiman que es probable que los magistrados decidan realizar la declaración de Rajoy por videoconferencia. La comparecencia plasmática pero con preguntas de todas las partes ya que en su calidad de testigo Rajoy deberá responder a todos.

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