Marchena deshoja la margarita para Homs: ¿desobediencia, prevaricación... o ambas?

El ponente escribe la sentencia con el rabillo del ojo puesto en el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, que espera la sentencia del Supremo para a su vez dictar la suya

Ernesto Ekaizer
3 min
Francesc Homs, al Suprem / EFE

BarcelonaEl tribunal que elabora la sentencia de Francesc Homs ha deliberado la tarde del pasado jueves tras declarar el juicio visto para sentencia. Y volverá a reunirse. La resolución que adopte, previsiblemente esta misma semana, fijará, a su vez, el listón para la sentencia que elabora la sala del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña sobre Artur Mas, Joana Ortega e Irene Rigau.

Manuel Marchena, presidente de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, presidente y ponente del tribunal que enjuicia a Homs, trabaja en el borrador de la sentencia desde antes incluso de que finalizara el juicio. Y sigue haciéndolo a estas horas.

Durante los tres días del juicio, el protagonismo de Marchena ha sido patente por haber sido quien se hizo cargo en 2008, tras el desacuerdo del tribunal, de la ponencia del caso Atutxa, que concluyó con la condena del que fuera presidente del Parlamento Vasco por desobedecer una orden del Tribunal Supremo: disolver el grupo parlamentario Sozialista Abertzaleak (SA). El tribunal le impuso una inhabilitación de uno año y seis meses y multa de 18.000 euros.

Pero es que, además, seis de los siete magistrados (José Ramón Soriano, Francisco Monterde, Juan Ramón Berdugo,Ana Ferrer, Andrés Martínez Arrieta y Miguel Colmenero) que han enjuiciado a Homs participaron en el tribunal de Atutxa, formado por doce magistrados. La séptima, en el caso de Homs, ha sido la magistrada Ana Ferrer.

Ninguno de los seis magistrados mantuvo discrepancias con Marchena en relación con la condena por el delito de desobediencia a Atutxa. Por tanto, el ponente de la sentencia de Homs tiene el campo despejado. El dilema se reduce, prácticamente, a una condena por prevaricación y desobediencia o solamente por desobediencia.

El fiscal Jaime Moreno ha explicado en sus conclusiones que ha habido un “concurso ideal”, esto es, que la presunta actuación delictiva de Homs supuso incurrir en los dos delitos citados. Por ello solicita que ambos delitos sean penados conjuntamente con la pena de 9 años de inhabilitación especial para el ejercicio de cargos públicos electivos.

En caso, de que el tribunal optara por penar los citados delitos por separado, ha solicitado por el delito de prevaricación la pena de inhabilitación especial por 7 años y 6 meses, y por el delito de desobediencia, una multa de 5 meses con una cuota diaria de 200 euros e inhabilitación especial por 1 año y 1 mes.

La prueba de cargo contra Homs es la carta que envió a la empresa T-Systems del 6 de noviembre de 2014 en la cual la decía que debía seguir adelante con los trabajos informáticos de la consulta de participación ciudadana. La empresa había pedido criterio sobre la providencia del Tribunal Constitucional que dos días antes, el 4 de noviembre, suspendía todos los actos relacionados con esa consulta.

La carta prueba que Homs, por tanto, desobedeció al TC. En lugar de ordenar paralizar esos trabajos, dio luz verde para continuarlos. Según el fiscal, esa carta a un proveedor equivale a una resolución administrativa. Y esa resolución es una decisión injusta a sabiendas de que lo era, porque existía la providencia del TC.

Una carta, ¿es un resolución administrativa?. Pero, además, incluso en el caso de que esa carta probase una prevaricación del género omisivo (Homs no adoptó la resolución de paralizar el proceso participativo, omitió responder positivamente a la providencia) el caso es no son dos actos separados. La conducta antijurídica, en todo caso, sería la misma, una sola, no dos.

Marchena, pues, tendrá que resolver este dilema, habida cuenta de que la pena máxima por desobediencia sería de dos años de inhabilitación. El ponente escribe la sentencia con el rabillo del ojo puesto en el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, que espera la sentencia del Supremo para a su vez dictar la suya.

stats