En marcha la aplicación del 155

Moncloa ya prepara la asunción de funciones propias de la Generalitat

Ernesto Ekaizer
3 min
Rajoy amb el líder de Cs, Albert Rivera, durant la reunió d'aquest dilluns a La Moncloa

El Gobierno ha hecho llegar por canales discretos al Senado, donde el Partido Popular controla la presidencia a través de Pío García-Escudero y posee mayoría absoluta, que está preparando un decreto-ley para obtener autorización a la aplicación del artículo 155 de la Constitución Española.

Dicho decreto-ley sería presentado de manera inmediata tras la declaración de la independencia de Cataluña por parte del Parlamento catalán. El Gobierno estima que el tiempo normalmente estimado de tres semanas para aprobar el decreto podría reducirse a cinco días.

El artículo 155 del capítulo tercero del título octavo de la Constitución, dedicado a las Comunidades Autónomas, nunca aplicado desde la aprobación del texto, en 1978, establece dos disposiciones.

Por la primera, “si una Comunidad Autónoma no cumpliere las obligaciones que la Constitución u otras leyes le impongan, o actuare de forma que atente gravemente al interés general de España, el Gobierno, previo requerimiento al Presidente de la Comunidad Autónoma y, en el caso de no ser atendido, con la aprobación por mayoría absoluta del Senado, podrá adoptar las medidas necesarias para obligar a aquélla al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones o para la protección del mencionado interés general.

Y, por la segunda, se afirma que “para la ejecución de las medidas previstas en el apartado anterior, el Gobierno podrá dar instrucciones a todas las autoridades de las Comunidades Autónomas”.

El equipo de Rajoy está elaborando “las medidas necesarias” que apunta el artículo. Hasta ahora el Gobierno ha venido aplicando esas “medidas necesarias” a través de una delegación de poderes de facto en el Tribunal Constitucional. Pero esas “medidas necesarias” no han conseguido el efecto de obligar a Cataluña al “cumplimiento forzoso de las obligaciones que la Constitución u otras leyes impongan”.

La prueba de la inutilidad de las mismas es que el Parlamento catalán puede aprobar, a partir del referéndum del 1-Octubre, esta misma semana, la independencia de Cataluña y comenzar a aplicar la suspendida/invalidada ley de transitoriedad jurídica de construcción de las nuevas instituciones de la República Catalana.

Los letrados que asesoran al Gobierno de Rajoy tratan de discernir qué “medidas necesarias” adicionales a las ya adoptadas hasta ahora podría aportar el artículo 155. Se trata de precisar si habría que suspender la autonomía de Cataluña o limitar la intervención del Estado a una suspensión de ciertas funciones en el cuadro del mantenimiento de la autonomía para ser asumidas por el Gobierno.

Una función a asumir, a la luz de la experiencia del 1-O y la conducta de los Mossos d'Esquadra, que el Gobierno califica en privado de falta de colaboración o, mejor dicho, de colaboración con los promotores del referéndum, sería la de orden público probablemente a través de la Consellería de Interior.

Aunque no se menciona al Ejército -las Fuerzas Armadas son según el artículo 8 del titulo preliminar tienen como misión “defender la integridad territorial y el orden constitucional”-, el gobierno sí se plantea el problema de cómo hacer cumplir aquellas medidas que se adopten tras la entrada en vigencia del artículo 155. En la jornada del 1 de octubre ha sido evidente que la Guardia Civil y la Policía Nacional no han logrado garantizar el cumplimiento de la orden del TC los deseos del Gobierno de que no se hiciera la votación.

Aparte del artículo 155, el gobierno, una vez declarada la independencia, solicitaría al TC por incidente de ejecución de sentencia la suspensión de la declaración. La ley de transitoriedad jurídica, de construcción de las nuevas instituciones del Estado catalán, ya está suspendida y, por tanto, cualquier paso en aplicación de la misma sería seguido por solicitudes de medidas del gobierno ante el TC.

Lo que la adopción del 155 deja abierto, además de las medidas a adoptar, es cómo y con qué medios se garantizará el cumplimiento de las normas que dicte el gobierno, entre ellas la vuelta a la normalidad a través de unas elecciones autonómicas, por una parte, y en qué situación quedan el Govern y el Parlament.

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