Análisis

Adiós rebelión, hola sedición

El alzamiento violento da paso al alzamiento tumultuario en la opción del tribunal

Ernesto Ekaizer
3 min
Manuel Marchena durant la vista de les qüestions prèvies del judici de l'1-O

MadridLa violencia ha carecido de un protagonismo especialmente relevante en los interrogatorios de la Fiscalía a Jordi Cuixart y Carme Forcadell. El hecho podría ser menor excepto por una razón: los fiscales acusan a ambos del delito de rebelión y solicitan 17 años de prisión.

El fiscal Jaime Moreno preguntó a Cuixart si los acontecimientos del 20 de septiembre de 2017 en Rambla de Cataluña 19-21, frente a la consejería de Economía, podían haber tenido consecuencias más graves, o si un tuit del entonces presidente de Omnium Cultural enviado durante aquella jornada, en la que recomendaba serenidad y organización, no implicaba que tenía en cuenta la posibilidad de hechos violentos o enfrentamientos.

El fiscal Moreno sabe lo que pasó el 20 de septiembre. ¿Qué nos está sugiriendo cuando alude a las consecuencias más graves o importantes que pudieron tener lugar…y que no ocurrieron?

Que la convocatoria de miles de personas a una concentración de protesta contra las detenciones autorizadas por el juzgado de instrucción número 13 de Barcelona y las entradas y registros durante ese día suponían un riesgo potencial de enfrentamiento violento aparte de entorpecer la labor de la comisión judicial que se hallaba dentro de la consejería de Economía.

Cuixart dijo tres palabras que ayer causaron furor entre los magistrados, quienes tomaron notas a mano (Antonio del Moral) y a través de su ordenador (Manuel Marchena), para citar solo a dos de los siete.

Dos de ellas: “resistencia pasiva”; y la tercera, obstruir-obstaculizar. Cuixart desarrolló su idea de la desobediencia civil y la aplicó en varios ejemplos.

Y los magistrados, que veían como en esta fase del juicio -declaración de los acusados- la violencia no ha estado ni se la ha esperado, ya que cada vez ha ocupado menos tiempo en el interrogatorio de la fiscalía, avizoran que se abre un sendero hacia la sedición.

En la acción del 20 de septiembre, las preguntas de Moreno apuntan a las consecuencias que pudieron tener lugar, pero que no ocurrieron.

Y en esa acción, como en todo acto humano, el promotor del hecho ve el resultado de lo que ha hecho como cierto (la manifestación convocada se enfrenta con la Policía, la Guardia Civil y los Mossos e impide que la comisión judicial cumpla su objetivo).

Pero el dolo directo que se ha descrito no es el único. Existe el dolo eventual. Y en este, el enfrentamiento es solo probable.

Lo mismo vale para la resistencia pasiva que describió Cuixart. Una obstrucción-obstaculización puede convertirse en una coacción o intimidación.

El delito de sedición es el que eligió la juez Carmen Lamela para enviar a Jordi Sánchez y Jordi Cuixart a prisión el 16 de octubre de 2017. Y es el delito por el que procesó a Josep Lluís Trapero, a Teresa Laplana y a los responsables de la consejería de Interior.

La sentencia del Tribunal Supremo del 10 de octubre de 1980, citada por Lamela en el auto de procesamiento de Trapero, señala “que el alzamiento ha de ser público, es decir, abierto, patente y manifiesto, y tumultuario, cuya significación etimológica equivale a agitado o desordenado, aunque la propia jurisprudencia considera que la acción delictiva también se comete cuando sea ordenado u organizado (lo cual resulta lógico pues una acción sediciosa organizada garantiza mayores posibilidades de conseguir sus propósitos)”.

Este miércoles, día 27, comienza la fase testifical con las declaraciones estelares de Mariano Rajoy, Soraya Sáenz de Santamaría y Cristóbal Montoro.

Es el día de la acusación popular de Vox, cuyos letrados han permanecido mudos en el plenario por el rechazo de los acusados a responder a sus preguntas.

Rajoy y Saénz de Santamaría tendrán que contestar sobre los documentos aportados por La Moncloa al tribunal el pasado 13 de febrero, según los cuales ni el consejo de ministros debatió la posible aplicación del estado de sitio ni la posibilidad de proponer su adopción al Congreso de los Diputados; ni el Consejo Nacional de Seguridad abordó la aplicación de la ley de Seguridad Nacional en relación a la situación en Cataluña el 1 de octubre de 2017.

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