TRIBUNALS

La Audiencia Nacional sienta a Rato y a Norniella en el banquillo de Bankia

Desestimado el recurso de apelación, el juez Andreu puede dictar auto de apertura de juicio oral

Ernesto Ekaizer
2 min
L'INICI D'UN CALVARI QUE JA DURA 18 MESOS  Rodrigo Rato somriu el dia de la sortida de Bankia, el 20 de juliol del 2011. El president va dimitir al cap de 10 mesos i ara ja fa dos dies que assessora Telefónica.

MadridLa sección tercera de lo Penal de la Audiencia Nacional ha desestimado los recursos de apelación del ex presidente de Bankia, Rodrigo Rato, y el ex consejero José Manuel Fernández Norniella, y ha abierto el camino para que el juez Fernando Andreu dicte el auto de apertura de juicio oral y les siente en el banquillo junto con otros 32 administradores del grupo BFA-Bankia.

La resolución de la que ha sido ponente la magistrada Ana María Rubio es elemental, no se detiene en demasiados argumentos.

Su biblia, por así decir, es el auto de transformación de las diligencias previas en procedimiento abreviado dictado el pasado mes de mayo por el juez Andreu.

Rato, dice el auto, tenía, en calidad de miembro del consejo de administración de BFA y Bankia, obligación de veracidad informativa y le era exigible adoptar cuantas cautelas y medidas de prevención fueran necesarias para asegurarse de que los estados financieros que estaba aprobando reflejaban la imagen fiel de la entidad.

El auto señala que según se deduce de los informes de los peritos judiciales, los inspectores del Banco de España Antonio Busquets y Víctor Sánchez, no la reflejaban, y apunta que debe ser “en el ámbito del plenario [juicio oral] donde se dilucide el alcance de esa responsabilidad que de momento y, por lo expuesto, resulta incardinable en el artículo 290 del Código Penal [estafa de inversores]

"No puede afirmarse –dice el auto- que el apelante [Rato]no dispusiera de información que le permitiera representarse la posible existencia de las presuntas falsedades en las cuentas anuales y estados financieros mencionados, pues la reformulación de las cuentas anuales individuales y consolidadas de BFA referidas al ejercicio de 2011 estuvo motivada por fallos e inexactitudes al utilizar información disponible que podía y debía haber utilizado aquel y no por un empeoramiento súbito e imprevisto de la situación económica".

Es decir: el auto cuestiona el argumento del recurso, pero también del Banco de España, a saber, que la operación de fusión y salida a Bolsa estaba bien planteada en origen pero que fue arruinada por la llamada segunda recesión de 2011.

En otra resolución, la sección tercera de lo Penal, con ponencia también de la magistrada Rubio, rechaza el recurso presentado por el exconsejero José Manuel Fernández Norniella y considera igualmente que el recurrente, en tanto miembro del Consejo de Administración de BFA y Bankia, tenía una obligación de veracidad informativa y le era exigible adoptar cuantas cautelas y medidas de prevención fueran necesarias para asegurarse de que los estados financieros que estaba adoptando reflejaban la imagen fiel de la entidad y, según se desprende los informes de los peritos Busquets y Sánchez Nogueras, no la reflejaban, y que debe ser en el juicio donde se dilucide el alcance de esa responsabilidad.

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