La JEC no inhabilitará  a Oriol Junqueras

Esperará a que el Supremo resuelva sobre la sentencia del TJUE

Ernesto Ekaizer
3 min
El juez Marchena (a la izquierda), en una imagen de archivo

MadridCon una parte de los magistrados del tribunal del procés de vacaciones, el Tribunal Supremo se va a tomar su tiempo para resolver sobre la aplicación de la sentencia del 19 de diciembre de 2019 que ha declarado a Oriol Junqueras eurodiputado inmune desde el 13 de junio y actualmente en situación de “penado”. La Junta Electoral Central -que hoy analizará los escritos de Partido Popular y Ciudadanos en los que piden la inhabilitación y que no se acredite a Junqueras como eurodiputado- según aseguran fuentes judiciales solventes a Ara JEC no puede ni va a anticiparse a las decisiones del Supremo.

El Tribunal Supremo se abstuvo de enviar a la JEC la sentencia del 14 de octubre de 2019 para que dicho organismo procediera a hacer el trámite habitual: declarar inhabilitado por condena firme a Junqueras y proponer un candidato para sustituirle.

Y no lo hizo porque decidió suspender la ejecución de la pena de inhabilitación de 13 años para ejercer cargos públicos o ser elegible dada la existencia de un recurso de súplica de la defensa de Junqueras cuya resolución estaba pendiente de la cuestión prejudicial de la inmunidad del eurodiputado electo elevada al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).

Es el tribunal del procés el que tiene que resolver el recurso de súplica y adoptar una posición sobre la inhabilitación suspendida. Por tanto, según las fuentes judiciales consultadas, la JEC lo tiene muy fácil: adoptará una decisión cuando reciba la resolución del Tribunal Supremo.

“Lo que nos faltaba es que ahora también la JEC se incorpore a la batalla contra el TJUE. No lo hará por más que la JEC actual sea la más conservadora de la historia”, señaló un magistrado consultado. La fuente duda de que, incluso en el caso del president Quim Torra, procedan a inhabilitarle cuando el Estatut de Autonomía de Cataluña habla de sentencia firme para inhabilitar al president. Y la sentencia está recurrida ante el Supremo.

Por otra parte, en el caso de que la JEC vaya a la inhabilitación de Torra su decisión no sería firme. La situación que se abriría sería curiosa: la inhabilitación de Torra dependería de dos salas distintas. Porque la Sala Segunda, de lo Penal, tendrá que resolver el recurso de casación, mientras que la Sala Tercera, de lo Contencioso-administrativo, se encargará del eventual recurso contra la decisión de la JEC de inhabilitarle.

La bomba de racimo que ha supuesto la sentencia del TJUE sobre la sentencia del procés en relación a Oriol Junqueras así como sobre la situación de Carles Puigdemont y Toni Común, a punto de ser acreditados en toda regla como eurodiputados, tendrá que ser intentar desactivada por el presidente de la Sala Segunda, Manuel Marchena, y los miembros del tribunal del procés a partir de la próxima semana.

Una posibilidad sería, según fuentes consultadas, que Marchena quiera aprovechar el incidente de nulidad de sentencia ante el Supremo que plantean las defensas de los condenados -es el trámite previo a presentar el recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional- para abordar el asunto de la sentencia del TJUE. La otra sería simplemente admitir el recurso de súplica de Junqueras y dejarle salir de prisión para acatar la Constitución y adquirir su condición de eurodiputado, como ha propuesto la Abogacía del Estado.

Problema: este trámite ya es superfluo después de la sentencia del TJUE. Hacer el paripé, por tanto, sería hacer el ridículo.

El juicio oral quedó visto para sentencia el 12 de junio de 2019, un día antes de que Junqueras fuera proclamado eurodiputado. Por tanto, el juicio oral no está en cuestión según el TJUE. Si en el incidente de nulidad en curso, el Supremo acepta y declara nula la sentencia podría dictar otra o sustituir algunas partes sin necesidad de repetir el juicio. Nadie cree que lo vaya a hacer.

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