Los magistrados creen que la prohibición conducirá a una investidura normal

El Tribunal Constitucional le ha dado a Mariano Rajoy lo que quería. ¿Cómo se ha fraguado la concesión de este deseo?

Ernesto Ekaizer
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El president de la Generalitat, Carles Puigdemont, ahir després  de la seva xerrada a la Universitat de Copenhaguen.

MadridEl Tribunal Constitucional le ha dado a Mariano Rajoy lo que quería. ¿Cómo se ha fraguado la concesión de este deseo?

El gobierno modificó el recurso contra la candidatura de Puigdemont que había cosechado el veto del Consejo de Estado por prematuro y preventivo el pasado jueves y añadió ayer ante el Tribunal Constitucional una segunda impugnación: la de la sesión de investidura de Puigdemont si éste no se presenta en el hemiciclo el martes próximo, día 30 de enero.

El ponente Juan Antonio Xiol envió a los magistrados su propuesta: inadmitir el recurso contra la candidatura de Puigdemont en la línea de los argumentos del Consejo de Estado.

Uno de los magistrados, Fernando Valdés Dal Ré, del sector llamado progresista, tras leerse la documentación y advertir la impugnación de la sesión de investidura si Puigdemont no comparecía, hizo llegar al presidente Juan José González Rivas una idea: ¿por qué no aparcar el recurso contra la candidatura y resolver sobre la sesión de investidura? Habló con otro magistrado, Cándido Conde-Pumpido, y con el ponente Xiol Todos lo vieron con simpatía.

El debate se centró primero en la ponencia de Xiol contraria a a la admisión del recurso contra la candidatura de Puigdemont. El resultado: cuatro magistrados del sector progresista contra otros seis del sector conservador, a los que se uniría otro más del sector progresista.

Por tanto, la admisión estaba hecha. Xiol y Valdés insistieron al ver la división en la idea que habían barajado durante la mañana antes de iniciar el debate: dejar en el aire el recurso contra la candidatura y centrarse en la investidura sin presencia de Puigdemont.

El problema, todos estuvieron de acuerdo en este punto, era impedir la primera división del TC sobre Cataluña, con votos particulares incluidos, al que abocaba el debate del recurso contra la candidatura de Puigdemont.

Pero además, todos consideraban que una investidura sin el candidato presente durante la sesión era una fórmula –sea telemática o de cualquier otra manera- que había que impedir. El Gobierno les había dado pie a entrar en este asunto porque ahora, a diferencia de lo que había solicitado al Consejo de Estado, estaba pidiendo también la suspensión de la sesión del martes 30. La unanimidad del tribunal contra una investidura sin presencia del candidato cimentó el pacto.

El político francés Talleyrand dijo : “Lo que no puede ser, no puede ser, y además es imposible”. Esto es, precisamente, lo que decidieron hacer. Puigdemont, analizaron en el Pleno, puede ser candidato en base a la jurisprudencia que permitió a Juan Carlos Yoldi, preso, ser candidato por Herri Batasuna a lehendakari vasco en 1987 y para lo cual consiguió autorización judicial. Pero tiene que venir a España y presentarse con autorización judicial en el hemiciclo. Por tanto, suspendieron la sesión de investidura en ausencia de Puigdemont.

Y en relación al recurso contra la candidatura también se inspiraron en el País Vasco: el recurso del gobierno de Aznar en 2003 contra el Plan Ibarretxe. No lo admiten ni inadmiten. Han abierto un periodo de alegaciones de todas las partes en diez días. Se ha aceptado la personación de Puigdemont y de los diputados de Junts pel Cataluña. Y luego, pues, decidirán.

Los magistrados, pues, le han dado al Gobierno lo fundamental de lo que políticamente quería el gobierno: evitar la imagen del Parlament votando a Puigdemont en ausencia.

No pocos magistrados también creen que esto facilitará las cosas para llegar a una investidura normal después de una primera investidura fallida. Claro: con otro candidato.

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