Marchando en 45 días los autos de procesamiento por rebelión y sedición

Habrá dos juicios, uno en el Tribunal Supremo y otro en la Audiencia Nacional

Ernesto Ekaizer
4 min
Jordi Cuixart i Jordi Sànchez agraeixen el suport de diputats i senadors dels partits sobiranistes, que van anar fins a la porta de l’Audiència Nacional, tot i que el dispositiu policial no els va permetre que se’ls acostessin.

MadridLos magistrados Pablo Llarena, del Tribunal Supremo, y Carmen Lamela, de la Audiencia Nacional, han calificado el mismo día, el pasado viernes, que las investigaciones en ambos tribunales se encuentran avanzadas al punto de apuntar a su finalización. El magistrado Llarena señala al denegar a Jordi Sánchez la libertad y el permiso extraordinario para acudir al pleno de investidura citado –y aplazado- de este lunes 12 de marzo que su actividad “presenta ya –con una instrucción bien avanzada- los indicios racionales de una responsabilidad por la grave figura delictiva que se investiga”.

Por su parte, Lamela escribe, al rechazar la petición de fianza de la Fiscalía e imponer medidas de control para Pere Soler, ex director de los Mossos, y César Puig, ex secretario de Interior de la Generalitat, que la investigación se sitúa “en una fase no lejana a su finalización” y “se encuentra bastante avanzada”. Estas afirmaciones contradecirían en apariencia la decisión de ambos magistrados, a petición del Ministerio Fiscal, de declarar las causas respectivas como “instrucción compleja”, es decir, añadir doce meses adicionales a los seis meses iniciales de investigación. Pero esto ha sido un trámite obligado por las reformas introducidas en la ley de Enjuiciamiento Criminal, según las cuales se establecen seis meses para todas las instrucciones y la obligación de prorrogarlas cuando se advierta que no será posible cumplir dicho plazo.

Los dos magistrados ya se aproximan a la recta final que se habían fijado: acabar su instrucción en el próximo mes de julio. ¿Cómo se llenan los meses de aquí a julio? Ambos tienen que pasar de las diligencias previas actuales a incoar auto de sumario ordinario (los delitos de rebelión y sedición superan, respectivamente, las penas de nueve años de prisión), dictar los autos de procesamiento avanzado el mes de abril y después de tomar declaración indagatoria a todos los investigados sentarles en el banquillo a través del auto de apertura de juicio oral. Por encargarse de la participación de los Mossos en lo que Lamela ha calificado como dos delitos de sedición, el 20 de septiembre y el 1 de octubre, la magistrada puede acabar antes que Llarena su investigación.

Ya se ha abierto el camino, según fuentes judiciales consultadas por ARA, para que se celebren dos juicios por separado, uno en el que estarán los aforados y ex aforados en el Supremo y otro en el que estará la cúpula de los Mossos en la Audiencia Nacional. El orden no será en función de que tribunal termina primero la instrucción. Si la magistrada Lamela finaliza antes, la sala de lo Penal de la Audiencia Nacional esperará a que se celebre primero el juicio en el Supremo.

Uno de los momentos cruciales está al llegar. Será, por los rastros que van dejando ambos magistrados en sus resoluciones, cada uno por su lado, habida cuenta de que según fuentes consultadas por ARA no existe entre Llarena y Lamela comunicación alguna, cuando ambos incoen sumario ordinario y, a continuación, libren los autos de procesamiento de todos los investigados. Entre ambos podrían dictar un total, en números redondos, de treinta autos de procesamiento.

Buena parte de los datos que llenarán esos autos han trascendido a través de los autos que los magistrados ya han dictado. Pero la parte que se reservan, según fuentes judiciales, es aquella que pretende ilustrar la “conspiración para la rebelión”, es decir, todo el trasiego de contactos, a través de reuniones, correos electrónicos, conversaciones telefónicas y mensajes, que desembocaron en la materialización del referéndum del 1 de octubre.

¿Por qué ilustrar con tanto detalle esa fase, la conspiración, según lo que se le ha pedido a la Guardia Civil, que actúa como policía judicial en esta investigación? Porque la conspiración para la rebelión es uno de los delitos que, en particular, el magistrado Llarena quiere afianzar. Ya al admitir la querella criminal del fiscal José Manuel Maza, el 31 de octubre, la sala de admisión del Tribunal Supremo, apuntó el delito de conspiración en su auto de admisión. Era, según fuentes consultadas por ARA, el resultado de un debate interno en el que uno de los magistrados, Luciano Varela, insistió enfáticamente en que figurase el delito de conspiración para la rebelión. Esta figura permitirá a la Fiscalía - encargada de defender la instrucción en el juicio oral previsto a partir de noviembre de este año- acudir con la seguridad de lograr una condena al menos por los preparativos para lograr la independencia y el cambio de la forma de Estado.

Frente a la calificación del fiscal, la sala señala en su auto del 31 de octubre de 2017: “Hemos dicho en numerosas resoluciones que el proceso penal es de cristalización progresiva. Será a lo largo de la instrucción cuando los hechos imputados, a la vista de las diligencias de investigación acordadas por el instructor, confirmen o desmientan su realidad. Y será entonces cuando pueda precisarse –en el primero de los casos- si esos actos son susceptibles de integrar exigencias del tipo previsto en el art. 472 del Código Penal o, por el contrario, han de ser subsumidos en los arts. 477 y 17.1, que castigan la conspiración para la rebelión, delito en el que, por definición, los elementos del tipo proyectado no llegan a tener realidad, al no superar los conspiradores la fase propiamente preparatoria”.

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