Marchena permitirá a Junqueras asumir como eurodiputado, ¿pero también ejercer?

¿Es posible asegurar que cumpla su función sin dejarle en libertad?

Ernesto Ekaizer
3 min
Junqueras promet acatar la Constitució al Congrés

MadridLa Abogacía del Estado ha solicitado al Tribunal Supremo que, en aplicación de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), autorice a Oriol Junqueras no sólo a salir de prisión para asumir como eurodiputado y hacer los trámites en el Parlamento Europeo, sino ejercer esa función hasta que se resuelva en la Eurocámara la petición de suspensión de su inmunidad que estima necesario elevar. Ello implica permitir que viaje fuera de España, bajo custodia, para desarrollar su actividad parlamentaria.

El escrito elaborado por la Abogacía General del Estado, firmado por la responsable de la causa del procés, la abogada Rosa María Seoane, se utilizan, según anticipó Ara el pasado domingo las dos bazas que jugó el Tribunal Supremo en el caso de Oriol Junqueras: la suspensión de la pena de inhabilitación al condenarle el 14 de octubre y la promesa del presidente de la Sala Segunda Manuel Marchena al presidente el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), Koen Lenarts, de que la sentencia se aplicará aunque Junqueras esté en situación de “penado”, es decir, cumpliendo pena firme.

La primera de las bazas -la suspensión de la pena de inhabilitación de 13 años-fue adoptada por el tribunal del procésprecisamente al considerar pendiente un recurso de Junqueras contra la denegación de permiso para salir de prisión y acudir a la Junta Electoral Central el 17 de junio a fin de adquirir la condición de eurodiputado. Dicho recurso se dejó sin resolver, precisamente, hasta conocer la sentencia del TJUE.

La segunda fue la promesa de Marchena a Lenarts, el 14 de octubre, según la cual a pesar de condenarle ese día, el Supremo mantenía interés por la cuestión prejudicial de la inmunidad de Junqueras al punto de que tendría eficacia a pesar del cambio de la situación de prisión preventiva de Junqueras a la de “penado”.

La parte más novedosa del planteamiento de la Abogacía es la referente a la inmunidad de la función de eurodiputado de Junqueras.

“Si bien el primer efecto aparejado a la inmunidad que debe ser reconocida al señor Junqueras lo constituye la posibilidad de dirigirse sin impedimentos al lugar de reunión del Parlamento Europeo o bien regresar de él a efectos del cumplimiento de los trámites previstos no debe obviarse que la sentencia del TJUE reconoce además que esas inmunidades tienen una finalidad expresa: que los parlamentarios europeos puedan dar cumplimiento a su misión”.

De ahí que el escrito exhorta al Supremo a considerar “que la efectividad de la interpretación de la sentencia del TJUE no debe limitarse a permitir o no unas concretas formalidades sino que deben interpretarse de forma que por el Tribunal se valore la forma en que se haga posible el desempeño por el señor Junqueras de su función representativa, en tanto mantenga su estatus de parlamentario”.

Es interesante anotar que en el recurso de súplica de la defensa de Junqueras de junio pasado contra la denegación de salir de prisión -que la Abogacía aconseja ahora admitir- solo se exigía que pudiese acatar la Constitución ante la JEC. La Abogacía, pues, da un paso adelante al defender su inmunidad para cumplir con su función parlamentaria.

El escrito contempla que para prevenir el riesgo de fuga, esa función deberá realizarse bajo custodia y para ello propone elevar consulta al TJUE a fin de que sugiera en qué podría consistir una “cooperación leal” entre los sistemas judiciales para llevarla a cabo.

El problema de fondo: ¿cómo asegurar el cumplimiento de su actividad parlamentaria sin dejarle en libertad?

Según el escrito, todo el esquema propuesto tiene en cuenta que la JEC no ha declarado la inhabilitación de Junqueras y su sustitución por otro candidato.

La Fiscalía del Supremo, precisamente, ha solicitado al Supremo que se dirija a la JEC para que inhabilite a Junqueras. Fuentes judiciales señalan que la JEC esperará a la decisión de fondo que adopte el Supremo.

Esas fuentes señalan también que el Supremo admitirá la primera parte de la solicitud de la Abogacía, es decir, la toma de posesión en España de Junqueras como eurodiputado, mientras que la segunda, el reconocimiento de la inmunidad para ejercer, se presenta más problemática.

Aunque la Abogacía se cuida de no solicitar la libertad como tal, las fuentes consultadas ven dificultades para un traslado de Junqueras a Bruselas o Estrasburgo bajo custodia. Todo dependerá, también, del tiempo que consuma el suplicatorio o autorización a la Eurocámara para cubrir el trámite de la sentencia del TJUE.

El caso del empresario José María Ruiz- Mateos se extendió durante un año, entre enero de 1990 y febrero de 199, aunque ahora podría durar un par de meses.

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