La cúpula de la Sala Penal del Supremo patrocina una operación para que su Fiscalía derive el caso de Juan Carlos I a la Audiencia Nacional

La reapertura de la causa por el juez García-Castellón, “percha” para quitarle el caso al fiscal Juan Ignacio Campos

Ernesto Ekaizer
5 min
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MadridLa cúpula de la Sala Segunda del Tribunal Supremo está detrás de la decisión sorpresiva de reabrir el pasado lunes 27 de julio la causa de las conversaciones grabadas por el excomisario José Manuel Villarejo a Corinna zu Sayn-Wittgenstein en la Audiencia Nacional, un caso archivado con gran celeridad el 7 de septiembre de 2018 sin apenas ser investigado. Fuentes judiciales han señalado a ARA que el juez Manuel García-Castellón, que ordenó la reapertura de la llamada pieza Carol, ha palpado antes de adoptar su decisión el ambiente favorable a que se hiciera cargo de la investigación, aun cuando haya invocado como pretexto indagar una operación de Villarejo contra Noelia Muñoz, la empleada doméstica de la examante del rey Jun Carlos I, actualmente rey emérito.

Fuentes de la cúpula de la Sala Penal del Supremo nunca han visto conveniente la investigación sobre las presuntas comisiones (cohecho) de Juan Carlos I en la adjudicación del proyecto del Ave Medina-La Meca en Arabia Saudí en 2011 que traspasó la Fiscalía Anticorrupción a primeros de junio pasado a la Fiscalía del Tribunal Supremo, tras conseguir el respaldo de la fiscal general del Estado, Dolores Delgado.

La Fiscalía Anticorrupción abrió esas diligencias informativas el 26 de diciembre de 2018 en base al artículo 5 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, que le permite realizar investigaciones antes de su judicialización, y tomando como referencia los presuntos delitos bajo sospecha en la adjudicación del AVE Medina-La Meca (Arabia Saudí), corrupción y cohecho en las transacciones comerciales internacionales, aplicando la llamada "doctrina de la Fiscalía General del Estado", plasmada en la instrucción número 4 del 12 de julio de 2006.S El punto II.3.5 señala que el delito de corrupción "y su remisión a la figura del cohecho lo ubican también en la esfera de competencia de la Fiscalía Especial contra la Corrupción y Criminalidad Organizada".

El fiscal jefe de la Fiscalía Anticorrupción, Alejandro Luzón, encargó al fiscal Luis Pastor el seguimiento del caso, quien, a su vez, viajó a Londres en diciembre de 2019 para tomar declaración, a través de la Serious Fraud Office (SFO) a Corinna zu Sayn-Wittgenstein. Al mismo tiempo, Luzón fue el anfitrión en la sede de la Fiscalía Especial, en la madrileña calle de Manuel Silvela, de la visita del fiscal Yves Bertossa, el 29 de octubre de 2019 para coordinar las investigaciones en España y Suiza, encuentro en el que participó el juez García-Castellón, quien había viajado a Suiza a primeros de agosto de 2019 para interesarse por la cooperación jurídica con la fiscalía ginebrina.

Bertossa envió por comisión rogatoria las declaraciones de todos los investigados en y movimientos de la cuenta bancaria de la fundación panameña Lucum en el banco Mirabaud, cuyo primer beneficiario era el rey Juan Carlos I y el segundo, el entonces príncipe Felipe, Luzón cursó la documentación a la Fiscalía del Tribunal Supremo, habida cuenta de que desde su abdicación en junio de 2014, el actual rey emérito Juan Carlos I es está aforado ante la Sala Penal del Tribunal Supremo.

La fiscal general del Estado, Dolores Delgado, nombró al fiscal Juan Ignacio Campos, jefe de una de las dos salas de la Fiscalía del Supremo, experto en delitos económicos, al frente de otros tres fiscales para investigar la causa a partir de los datos enviados por el fiscal Bertossa.

Esta dinámica no cayó bien en la Sala Penal del Tribunal Supremo, señalan fuentes judiciales, acostumbrada a controlar todos los procedimientos; y sobre todo aquellos referidos a aforados. En la misma sede del Supremo, pero al margen de su cúpula y de su presidente, Manuel Marchena, se estaba investigando nada menos que presuntas operaciones delictivas de Juan Carlos I en la época en que ejercía como rey y jefe de Estado de España.

La Sala Penal esperó a la última semana de julio, es decir, un periodo considerado más propicio por la proximidad de las vacaciones de agosto a una menor repercusión pública para actuar. El juez García-Castellón interpretó las señales, según esas fuentes judiciales, y actuó a primeros de semana. Y la cúpula de la Sala Penal diseminó informaciones a final de semana, el pasado jueves por la noche, en el sentido de que no admitiría ninguna actuación de los fiscales del Supremo ya que no hay novedades en la causa y que en todo caso la Audiencia Nacional debía realizar la investigación y dirigirse una vez avanzada a la Sala Penal si entendía que existían indicios para actuar contra Juan Carlos I.

"Lo ridículo y alucinante de toda esta operación es que el juez García-Castellón no ha encontrado otro motivo para reabrir el caso que indagar sobre un presunto espionaje de la empleada doméstica de Corinna. ¿Y cómo se pasa de aquí a investigar los hechos que están relacionados con presuntos delitos de Juan Carlos I? García-Castellón no podrá preguntar, cuando interrogue a Corinna, más que por su criada, si le fue desleal y si ella -cosa que ya ha negado de antemano- propuso a Villarejo que la espiara. No se puede investigar indirectamente a Juan Carlos I en la jurisdicción ordinaria indagando por otros delitos", señaló la fuente consultada.

Pero el motivo, señalan esas fuentes, es lo que menos importa. "Se trata de crear la apariencia de una investigación para que los fiscales del Supremo paralicen sus actuaciones", dijeron al diario ARA.

La posición de la cúpula del Supremo está, al difundir noticias de que no piensa admitir ninguna querella o actuación de la Fiscalía del Supremo en relación con Juan Carlos I, en flagrante contradicción con la orientación seguida por el presidente de la Sala Penal, Manuel Marchena, sobre la querella criminal del fiscal general del Estado, José Manuel Maza, contra los miembros del gobierno de la Generalitat catalana y el Parlament en octubre de 2017.

En aquellas circunstancias, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) instruía una querella de la Fiscalía del TSJC contra los miembros del gobierno catalán y el juzgado de instrucción número 13 de Barcelona venía investigando el procés desde febrero de 2017. Sin embargo, la Sala de Admisión de la Sala Penal, presidida por Marchena, admitió el 31 de octubre de 2017 la querella del fiscal por delitos de rebelión, sedición, malversación y desobediencia.

La operación patrocinada por el Supremo de derivar las actuaciones de la Fiscalía del Supremo a la Audiencia Nacional choca con la posición de la Fiscalía Anticorrupción y de la Fiscalía General del Estado. Fuentes judiciales consultadas señalan que la Audiencia Nacional no tiene competencia sobre aforados y no puede investigarles "indirectamente" -en realidad ya lo viene haciendo con el vicepresidente Pablo Iglesias en la pieza Dina- y, sobre todo, las actuaciones del Ministerio Fiscal se apoyan en su competencia sobre del delito de cohecho y corrupción en transacciones comerciales internacionales y en la capacidad para investigar que otorga el artículo 5 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal (EOMF).

Tampoco entiende el Ministerio Fiscal, según fuentes consultadas, que en este caso se da el presupuesto de traspaso de las diligencias "por duplicidad", es decir, que el fiscal debería cesar en sus diligencias "tan pronto como tenga conocimiento de la existencia de un procedimiento judicial sobre los mismos hechos y remitir todo lo actuado al juzgado que esté conociendo del asunto". Porque, como señala la fuente: "¿Investigar si Corinna ordenó investigar a una empleada doméstica es el mismo hecho que los 64,8 milllones de euros cobrados por Juan Carlos I y pagados por el ministerio de Finanzas de Arabia Saudí en 2008?"

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