El Supremo busca elevar el caso Junqueras al TJUE sin suspender la sentencia para todos

El tribunal estudia fórmulas para aislar los demás acusados de la resolución sobre la inmunidad

Ernesto Ekaizer
3 min
Junqueras promet acatar la Constitució al Congrés

MadridEl tribunal que preside Manuel Marchena estudia la vía para elevar la cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre la inmunidad del eurodiputado electo el pasado 26 de mayo Oriol Junqueras, según petición reiterada por su defensa contra la posición contraria de la Fiscalía y de la Abogacía del Estado. La vía que busca, según fuentes judiciales consultadas por ARA, es aquella que no obligue a suspender el procedimiento para todos los acusados. En estos momentos el “procedimiento” consiste en deliberar para dictar sentencia. Esa suspensión, prevista por el artículo 23 del protocolo número 3 sobre el Estatuto del TJUE, tendría el efecto de esperar a la resolución de la consulta – un trámite que podría durar meses- y dictar a continuación la sentencia.

El tribunal del procéscuenta desde ayer con las posiciones de las tres partes: la Fiscalía y la Abogacía del Estado, contrarias a plantear el tema de la inmunidad ante el TJUE, y la defensa de Junqueras. Esta última defiende el trámite como necesario antes de que el Supremo resuelva el recurso contra la prohibición que dictó a que Junqueras acudiese ante la Junta Electoral Central para adquirir el pasado 17 de junio su condición de eurodiputado. La defensa de Junqueras entiende que puede existir una colisión entre la normativa interna española y la vigente en la Unión Europea.

El Tribunal Constitucional, a su vez, viene dictando sentencias en las que insta al Supremo a plantear cuestión prejudicial ante el TJUE cuando se planteen dudas y, caso contrario, fundamentar con especial cuidado por qué no resulta necesario hacerlo. El tribunal del procés tiene, por tanto, dos opciones: considerar, con la Fiscalía que el asunto es “meridianamente claro” y que impera la legislación española sobre inmunidades de los parlamentarios, o conceder, a pesar de compartir la existencia de esa claridad, que se puede someter la duda al TJUE.

“Todo depende de que es lo que se pregunta y hasta dónde alcanza la duda. Y la suspensión del procedimiento tiene que conectarse con la cuestión suscitada”, señaló una fuente judicial consultada por ARA. La duda estaría provocada por el hecho de que Junqueras fue elegido eurodiputado el 26 de mayo, diecisiete días antes de dictarse el visto para sentencia del juicio del procés, el pasado 12 de junio, y hasta qué punto esa elección supuso para él adquirir la inmunidad parlamentaria. El tribunal impidió que abandonase la prisión para acudir el pasado 17 de junio ante la JEC donde debía jurar/prometer el acta de eurodiputado y estimó que no autorizaría a Junqueras a asistir este martes 2 de julio a la primera sesión del Parlamento Europeo en Estrasburgo.

Una vez que se hubiera producido la comparecencia ante la JEC, las autoridades comunicarían al Parlamento Europeo la lista de los parlamentarios elegidos en España, momento en que, según un dictamen jurídico del 25 de marzo de dicho parlamento, los eurodiputados gozan de inmunidad. Elevar la duda sobre la inmunidad de Junqueras implica despejar la cuestión de si el hecho de ser elegido eurodiputado y adquirir inmunidad impide que sea enjuiciado (en realidad ya lo ha sido) y condenado por hechos cometidos con anterioridad a adquirir su condición parlamentaria. Si esta fuera la duda o pregunta a elevar, cosa que deberá decidir el tribunal del procés,la suspensión del procedimiento (dictar sentencia) podría limitarse a Junqueras.

¿Y cuál sería su efecto? Consistiría en aplazar la sentencia solamente en su caso hasta que el TJUE resuelva si cabe aplicar la normativa interna, como plantea la Fiscalía y la Abogacía del Estado, o si en efecto goza de inmunidad para los hechos enjuiciados y por tanto no puede ser enjuiciado (aunque lo haya sido), condenado y su sentencia ejecutada. El laberinto judicial no deja de ser paradójico. Porque aislar a Junqueras y aparcar la sentencia en su caso hasta el fallo del TJUE supondría dejar a un costado a quien la Fiscalía ha calificado como el “principal promotor de la rebelión”. Ya con ocasión de la decisión del tribunal alemán de Schleswig-Holstein de rechazar, en julio de 2018, la extradición de Carles Puigdemont por el delito de rebelión y admitirla por malversación, el magistrado Pablo Llarena rechazó la entrega para juzgarle solo por este último delito.

El TJUE puede resolver que, en efecto, la normativa interna española y el dictamen jurídico del Parlamento Europeo solventan cualquier duda razonable sobre la inmunidad. Ello supondría terminar con un eventual aparcamiento de la sentencia de Junqueras. Existe un procedimiento acelerado para resolver, pero también uno de urgencia para el caso de asuntos de libertad, seguridad y justicia. Y ello determina incluso en casos de extrema urgencia que la fase escrita de las alegaciones sea omitida.

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