Ernesto Ekaizer

Teoría de la conspiración premeditada

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ELS DOS ÚLTIMS PRESIDENTS 
 José Antonio Griñán i Manuel Chaves, els dos últims presidents de la Junta d'Andalusia i del PSOE a nivell estatal, acabaran declarant davant del Tribunal Superior de Justícia d'Andalusia i del Tribunal Suprem, respectivament, per la seva responsabilitat en l'àmplia trama de concessió i aplicació d'ERO fraudulents.

Los medios de comunicación han utilizado –con el argumento de la “pedagogía”- el verbo procesar o la fórmula sentar en el banquillo al informar ayer sobre el auto del juez Álvaro Martín. Hasta el presidente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y Tribunal Supremo, Carlos Lesmes, ha usado el verbo procesar en respuesta a las preguntas de los periodistas. Y el juez Martín ni ha procesado ni ha sentado en el banquillo a nadie.

Ha concluido la investigación, transformando las diligencias previas en procedimiento abreviado. ¿Y eso qué es? Hay motivos para ir contra una parte de los imputados y para exonerar a otros.

Este auto es la última pieza relevante. Y es recurrible ante la Audiencia de Sevilla. Una vez que adquiera firmeza y que las acusaciones eleven sus escritos de calificación vendrá el auto de apertura de juicio oral. Y este llegará después del 26 de junio.

Por tanto, se trataba de crear la imagen virtual del banquillo ahora mismo, antes del 26-J. Para el Partido Popular, los jueces solo incurren en una acción “inusitada” o “extraña” –Cristina Cifuentes o Jorge Fernández Díaz dixit- cuando adoptan decisiones que afectan al Partido Popular durante la investidura o las elecciones.

Era hora, después de cinco años de instrucción, que concluyeran las diligencias de los ERE. Y en la España realmente existente, aquella regla no escrita del Tribunal Supremo según la cual los jueces no deben interferir en la política –aplazando si fuera menester el anuncio de decisiones procesales- debería ser confinada al museo de las antigüedades.

El juez Martín asume la teoría de la juez Mercedes Alaya y del magistrado del Tribunal Supremo, Alberto Jorge Barreiro. El fondo creado -2001-2011- para ayudar a empresas que entrasen en Expedientes de Regulación de Empleo, a través de subvenciones y prejubilaciones para sus trabajadores, era desde su lanzamiento un esquema fraudulento de subsidios.

Este es el enunciado, pero en la pieza procesal no hay un relato indiciario de hechos que lo avale.

El magistrado del Supremo Alberto Jorge Barreiro hablaba de una cantidad de 854,8 millones de euros. Sostenía que una parte de ella se había concedido de manera legal, pero que no se podía cuantificar la parte ilícita o ilegal.

El juez Martín, a su vez, cifra “las partidas presupuestarias destinadas a ayudas sociolaborales y a empresas, en una cuantía no determinada, pero no inferior a 854.838.243 euros, que fueron objeto de un reparto discrecional o, incluso arbitrario”. No distingue.

Y, sin embargo, se ha estimado que alrededor de 6.000 trabajadores –el desembolso de la mayor parte del fondo- tuvieron acceso a ayudas legales.

Fraude, como las meigas, haberlo, haylo; pero en el auto el rastro del dinero no aparece.

El juez Martín repite la misma fórmula para todos los imputados –aunque adjudique a algunos malversación de caudales públicos- en relación con la existencia de una intencionalidad delictiva en la misma concepción del plan.

"Asumieron”, dice, “la eventualidad de que los fondos destinados fuesen objeto de disposición discrecional, si no arbitraria, e incluso con fines ajenos a los intereses generales a los que estaban destinados, eludiendo la fiscalización previa de la Intervención General de la Junta de Andalucía”.

Esto es, si no dolo directo, al menos dolo eventual. Sabían, viene a decir, que existía el riesgo y lo asumieron.

Habrá que probarlo.

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