La Fiscalía apuesta por recurrir en la Audiencia Nacional aprovechando el voto particular de Espejel

El recurso es el paso previo al recurso de casación ante el Tribunal Supremo

Ernesto Ekaizer
2 min
Miguel Ángel Carballo i Pedro Rubira, fiscals del judici a Trapero

MadridTras el revés de la absolución de Josep Lluís Trapero y la cúpula de los Mossos d'Esquadra, la Fiscalía ya se prepara para dar respuesta. Mientras estudia a fondo la sentencia redactada por el juez Ramón Sáez, ve en el voto particular de la presidenta, Concepción Espejel, una oportunidad para tumbar la absolución. Según ha podido saber el ARA, la cúpula de la Fiscalía de la Audiencia Nacional se inclina por presentar un recurso de apelación antes de llegar al Tribunal Supremo. Se trata de una iniciativa que ya se habría planteado a la fiscal general del Estado, Dolores Delgado.

Espejel ha emitido un voto particular de más de 400 páginas en el que apoya la acusación de sedición para Trapero y el ex director general de los Mossos, Pere Soler. Es una prueba de la diferencia de interpretación de los hechos que ha habido en el tribunal y que se podría reproducir en la instancia superior, la sala de apelaciones. Los jueces que verían este recurso son José Ramón Navarro, presidente de la Audiencia Nacional, Manuela Fernández de Prado y Eloy Velasco.

En principio, las posibilidades de conseguir tumbar la sentencia son más altas en apelación a la misma Audiencia Nacional que no con un recurso de casación al Supremo, pero de todas maneras es complicado cuando lo que se pretende es agravar una condena o recurrir una absolución para conseguir una condena, según apuntan fuentes judiciales. Una de las vías es alegar que se ha hecho una valoración de las pruebas arbitraria o irracional y, por lo tanto, hay que pedir la nulidad de la sentencia. Otra opción es que se vea margen para pasar de la absolución a la condena sin necesidad de cuestionar del todo los hechos probados y la valoración de la prueba.

El Supremo tiene unas posibilidades todavía más restringidas porque no puede enmendar en ningún caso los hechos probados y, por lo tanto, tiene que poder justificar el paso de una absolución a una condena, o bien un agravante. Por ejemplo, el Supremo subió a agresión sexual los hechos de la Mandada en lugar de abuso sexual, sin tocar los hechos ya establecidos por la sentencia de la Audiencia de Navarra. En el caso del asedio al Parlament de 2011, la Audiencia Nacional absolvió a los acusados –el ponente también fue Ramón Sáez– y el alto tribunal condenó. La resolución, redactada por Manuel Marchena, todavía espera el aval del Tribunal Constitucional.

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