Trapero, cabeza de turco

¿Expiará faltas que no son suyas y será víctima del fracaso del Estado?

Ernesto Ekaizer
5 min
Olga Tubau, advocada del major dels Mossos, Josep Lluís Trapero, exposant l'informe final a l'Audiència Nacional

MadridDespués de una exposición que entre el martes y miércoles llegó a nueve horas en total, la letrada Olga Tubau intentó aguantar la emoción sin quebrarse, pero ya no pudo, en los últimos minutos, contenerse al pronunciar la frase que llevaba preparada y que encapsula su visión del caso. Aquella del ministro de Gracia y Justicia y presidente del Congreso de los Diputados Manuel Alonso Martínez (1827-1891): “Un ciudadano de un pueblo libre no debe expiar las faltas que no son suyas ni ser víctima de la impotencia del egoísmo del Estado”.

Quizá esa emoción la provocó la idea de que nuevamente estaba viviendo el juicio de su vida. Sí, nuevamente. Porque hace 23 años, en 1997, la joven abogada Olga Tubau, con el cabello negro azabache, entraba a la sala de plenos del Tribunal Supremo -la misma donde se celebraría el juicio del procés y a la que ella regresó en marzo de 2019 para acompañar al testigo Josep Lluís Trapero- en representación de la acusación particular de Segundo Marey en un célebre delito de Estado.

Los Grupos Antiterroristas de Liberación (GAL) se habían estrenado en 1983, un año después de llegar el PSOE al Gobierno, con el secuestro de Segundo Marey, un comerciante afincado en Hendaya, por los Grupos Antiterroristas de Liberación (GAL), que le confundieron con el presunto dirigente de ETA Mikel Lujua.

En un lapsus, Felipe González dijo en 2010: “A Segundo Marey lo salva la orden de Pepe Barrionuevo para que lo suelten cuando se entera de que está detenido”. ¡Es que Marey había sido secuestrado!

Y ahora, este 17 de junio, veintitrés años más tarde, tocaba a su fin el caso de Josep María Trapero y Teresa Laplana, el “otro caso de su vida”.

La frase de Alonso Martínez sería de hecho su propio turno de última palabra, ya que ni Trapero ni Laplana, según les había recomendado Tubau, harían uso de la misma.

Tubau dedicó parte de su segunda jornada a describir cómo Trapero ha sido “víctima de la impotencia del Estado”, a saber, el fracaso del dispositivo de los tres cuerpos Mossos, Guardia Civil y Policía Nacional a la hora de hacer efectivo el mandato judicial del 27 de septiembre de 2017 de impedir el referéndum ilegal del 1 de octubre.

En la descripción de ese fracaso, la letrada narró cómo maniobró el coordinador de la operación, el coronel de la guardia civil, Diego Pérez de los Cobos, el día 1 de octubre para criminalizar a Trapero.

En el juicio oral, el coronel declaró que si él hubiese tenido mando en plaza en Cataluña en aquellos días de septiembre de 2017 habría apartado a Trapero de la jefatura de los Mossos.

Siendo el coordinador del operativo, y si su interés era garantizar la eficacia de la orden judicial, Pérez de los Cobos, pudo, como mínimo, advertir a la magistrada Mercedes Armas, de que el mayor era un obstáculo para cumplir el mandato judicial de impedir el referéndum y de que, por tanto, era necesario separarle de sus funciones.

La magistrada, precisamente, había señalado en su auto del 27 de septiembre: “Para el buen funcionamiento de dicha actuación conjunta (...), las diferentes Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado contarán con el apoyo y asesoramiento del Gabinete de Coordinación y Estudios de la Secretaría de Estado de Seguridad”. conforme a lo establecido en el Real Decreto 770/2017.

Lo lógico, por tanto, es que Pérez de los Cobos al menos compartiera con ella sus sospechas.

Pero no lo hizo. Prefirió ver autocumplida su profecía de que el mayor de los Mossos se aprestaba a arruinar el dispositivo.

Acusó a Trapero de entorpecer el dispositivo y decidió romper oficialmente el dispositivo conjunto la noche anterior, sábado 30 de septiembre, pero siguió manteniendo su contacto durante esa jornada octubre con el número dos de los Mossos, el comisario de coordinación territorial Ferran López, como si esa ruptura no hubiese tenido consecuencias..

Entre Pérez de los Cobos y el teniente coronel Daniel Baena y, por encima de ambos ,el general de la guardia civil Ángel Gozalo, consiguieron trazar el camino para que Trapero “expiara las faltas que no son suyas”. O al menos, que no son exclusivamente suyas.

Las maniobras de Pérez de los Cobos, entre las cuales su propia declaración testifical resultó de gran interés para la defensa, quedaron en evidencia durante la prueba del juicio oral. Y fueron resumidas ayer con precisión por Tubau.

Todo el dispositivo conjunto era un “sueño”, como dijo el letrado de César Puig, Fermín Morales. Y, según explicó Cristobal Martell, letrado de Pere Soler, si bien el plan de actuaciones de los Mossos “podrá parecer muy hippy porque quizás hay una idea diferente de los principios de congruencia, proporcionalidad y oportunidad..., pero no creo que fuera un engaño a los otros cuerpos de seguridad del Estado"-

Ya la Sala de Recursos del juicio del procés apuntó los riesgos de la situación el 1 de octubre de 2017 con palabras muy duras el 17 de abril de 2018 en respuesta a un recurso de la defensa de Jordi Sànchez y a la luz de la primera respuesta negativa del Tribunal de Schleswig-Holstein a la euroorden del magistrado Pablo Llarena.

“Para impedir la conducta de dos millones de votantes a los que se ha convencido torticeramente de su derecho legítimo a votar se precisarían un número muy superior de policías; seis mil en modo alguno podían evitar que la decisión del gobierno no fuera doblegada con respecto a ese episodio concreto. Lo que sucede es que si hubieran intervenido un número bastante mayor de policías es muy probable que todo acabara en una masacre….”, señaló el auto, cuyo ponente fue el magistrado Alberto Jorge Barreiro.

El ajuste de cuentas personal con Trapero, por lo demás, resultó evidente porque Pérez de los Cobos y Baena en ningún caso quisieron llevar al banquillo a la “cúpula”.

¿Cómo es posible que solamente Trapero fuera el responsable del diseño y férreo control del cumplimiento del plan de actuaciones que, según la Fiscalía, fue elaborado como un instrumento de connivencia pactado con el Govern?

Las pruebas que la instrucción del procés en el Tribunal Supremo no practicó por dejar deliberadamente a Trapero en la Audiencia Nacional se han podido llevar adelante en el juicio oral que acaba de quedar visto para sentencia.

Si la rebelión ya quedó descartada pocas semanas después de comenzado el juicio oral en el Supremo, la sedición ha resultado prácticamente abandonada por la Fiscalía antes de empezar el juicio, el pasado 20 de enero. Es lo que se deduce de la extraña, por sincera, admisión del fiscal Pedro Rubira: los acusados no tenían el dominio del hecho, es decir, de la sedición. Y los fiscales no pudieron probar su participación como coautores.

Es muy posible que el tribunal se incline por una sentencia condenatoria por desobediencia. Pero no está garantizada que esa sentencia vaya a ser dictada por unanimidad.

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