El Tribunal Supremo, guardián del futuro Parlament y Govern

La Sala Segunda examina hoy la apelación contra la prisión de Junqueras

Ernesto Ekaizer
3 min
Oriol Junqueras arriba a l'Audiència Nacional per declarar

MadridLa Sala de Recursos del Tribunal Supremo examina este jueves, día 4 de enero, el recurso de apelación de Oriol Junqueras para abandonar la prisión en la que se encuentra desde el pasado 2 de noviembre. El magistrado Miguel Colmenero preside la citada Sala y es también ponente en un recurso abocado, según fuentes judiciales, a ser desestimado, confirmándose en tal caso la prisión de Junqueras. Una decisión que no alivia el gobierno español, ya que veía en la posible salida de prisión de Junqueras la oportunidad de desacreditar a Puigdemont con el hecho que si estuviera aquí estaría en libertad.

La posición de la Fiscalía del Supremo la expondrá el fiscal de sala Javier Zaragoza; acuden él y Consuelo Madrigal. Y si bien en estas vistas el imputado no habla, es muy probable que al terminar Van den Eynde y Zaragoza el presidente de la Sala de Recursos, Colmenero, le ofrezca la palabra a Junqueras.

La vista tiene lugar a trece días de la fecha de constitución del Parlament con una mayoría soberanista de 70 escaños de los cuales tres diputados electos –Junqueras, Joaquín Forn y Jordi Sánchez- permanecen en la cárcel y cinco –Carles Puigdemont, Clara Ponsatí. Meritxell Serret, Toni Comín y Luis Puig- residen en Bélgica.

La Sala Segunda del Tribunal Supremo se ha convertido de facto en el tutor o guardián del futuro Parlament y Govern. Si bien el artículo 155 de intervención de la autonomía queda sin efecto al formarse el nuevo Govern, es lo cierto que le releva el Supremo al haber asumido la instrucción de la querella por rebelión, sedición y malversación contra 28 imputados/investigados, entre ellos los ocho diputados electos apuntados.

En lo que se refiere al Parlament, la tutela es evidente. Si los tres diputados electos actualmente en prisión continúan en esa situación, será el magistrado instructor Pablo Llarena, el que deberá pronunciarse sobre la posible asistencia de los mismos al Parlament.

La prisión preventiva ha demostrado en el caso del País Vasco, en los años ochenta y noventa, ser incompatible con una actividad parlamentaria normal. Se ha autorizado tomar posesión del acta de diputado, pero en ningún caso participar en comisiones o asistir reiteradamente a votaciones.

Por tanto, la mayoría soberanista de 70 escaños y la acción del futuro Govern sufriría una merma de tres en el caso de que Junqueras, Forn y Sánchez sigan en prisión, una disminución que sumaría otros cinco que no parecen dispuestos a regresar de Bruselas.

Esto conducirá inevitablemente, si se quiere garantizar la mayoría absoluta, a renunciar al acta y a que corra la lista. Un proceso de elaboración que ya está en marcha en Bruselas con exconsejeros y exconsejeras, según fuentes del PDdeCAT consultadas por ARA, dispuestos a ello.

La Sala Segunda del Supremo también tutela de hecho el futuro Govern como resultado de que el magistrado Llarena pusiera el riesgo de reiteración delictiva (rebelión, sedición, malversación) en vinculación al futuro Govern.

En el auto de prisión del pasado 4 de diciembre, el magistrado lo decía explícitamente. El riesgo de reiteración delictiva va expresamente unido a las responsabilidades públicas a las que aspiran…”, los candidatos Junqueras, Forn y Sánchez.

Por ello, señalaba, no es suficiente la afirmación de que abandonaban la actuación anterior. Hay que “constatar que la posibilidad de nuevos ataques haya efectivamente desaparecido o que paulatinamente se vaya confirmando que el cambio de voluntad es verdadero y real”.

Por tanto, será la actuación del futuro Govern la referencia para que Llarena o la Sala de Recursos modifique la prisión caso de que Junqueras, Forn y Sánchez sigan en la cárcel.

El magistrado Llarena sabe que la batalla legal no acabará en España. Por eso, precisamente, tras recordar en su auto del 4 de diciembre que “el riesgo de reiteración delictiva va expresamente unido a las responsabilidades públicas a las que aspiran [al presentarse a las elecciones del 21-D]”, cita al Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), para señalar que los derechos subjetivos de voto y elegibilidad no son absolutos.

Si el recurso de apelación fracasa en sacar a Junqueras de prisión, la defensa irá en amparo al Tribunal Constitucional, último paso antes de recurrir a Estrasburgo.

Llarena, recuperado ya de su bronquitis, tiene un cronograma de instrucción estricto. Y en él ocupa un lugar, habida cuenta de que se trata de un procedimiento ordinario, el auto de procesamiento.

Y según la reforma de 1988, el artículo 384 bis de la ley de Enjuiciamiento Criminal señala que “firme un auto de procesamiento y decretada la prisión provisional por delito cometido por persona integrada o relacionada con bandas armadas o individuos terroristas o rebeldes, el procesado que estuviere ostentando función o cargo público quedará automáticamente suspendido en el ejercicio del mismo mientras dure la situación de prisión”. Para Llarena, en efecto, los querellados son presuntos “rebeldes”.

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