La creatividad de la suspensión 'indolora' del 384 bis

Llarena no tiene cobertura legal para ahorrar la renuncia de los diputados pero prevé aplicarla

Ernesto Ekaizer
2 min
La creatividad de la suspensión 'indolora' del 384 bis

MadridLos cinco diputados suspendidos en sus funciones procesados por rebelión en situación de prisión (Junqueras, Turull, Romeva, Sánchez y Rull) o con prisión decretada (Puigdemont) no tendrán que presentar su renuncia al escaño. Será la Mesa del Parlament, los responsables de las listas electorales de Junts per Catalunya y de Esquerra Republicana de Cataluña los que deberán arbitrar la sustitución ante la Junta Electoral para mantener la mayoría parlamentaria de 66 escaños.

El magistrado instructor del Tribunal Supremo, Pablo Llarena, plantea una aplicación “creativa” de la ley. Como no se puede despojarles del escaño porque se trata de una suspensión temporal –hasta la sentencia del juicio oral- son suspendidos por la aplicación del artículo 384 bis de la ley de Enjuiciamiento Criminal y para mantener la aritmética parlamentaria hay que sustituirles…sin que renuncien a sus escaños. ¿Por qué? Porque la renuncia supone un acto definitivo. Y como se trata de una suspensión temporal, una renuncia excede los propósitos de la ley penal.

Esta decisión creativa carece de cobertura legal porque la Junta Electoral exige para hacer correr la lista que el diputado que abandona la actividad parlamentaria entregue el acta. Eso es lo que exige para extender la credencial. Pero, como se suele atribuir a Napoleón Bonaparte, “el hombre más poderoso de Francia no soy yo sino el juez de instrucción”.

Por tanto, el juez de instrucción Llarena sabe que su propuesta será, finalmente, aplicada por la Junta Electoral aun sin esa cobertura legal porque, entre cosas, es una manera de aplicar vaselina a la traumática resolución.

Sabe Llarena que Carles Puigdemont, por ejemplo, se resiste a renunciar. Y no es el único. No tiene, pues, que renunciar. Porque eso excede el 384 bis que estipula la suspensión temporal. Lo que hay que hacer, por tanto, es sustituirle temporalmente. Y para ello, sigue el razonamiento, no cabe su renuncia. La Mesa del Parlament, por un lado, y los partidos políticos tienen que hacer la faena. Los responsables de las listas, para ello, deben dirigirse a la Junta Electoral y pedirlo. Por tanto, habrá que encontrar un mecanismo para crear una credencial provisional.

Todo esto en el bien entendido de que será una suspensión definitiva a partir de la sentencia del tribunal enjuiciador del Tribunal Supremo que ya aplicará la inhabilitación.

Llarena no “interfiere” de este modo en la aritmética parlamentaria, evita el trance de la renuncia, a la que por otra parte, se resisten varios de los 6 miembros afectados por la medida, y solventa el problema. Les viene a decir: ustedes no tienen que hacer nada más, ya están suspendidos, ahora los que deben actuar son el Parlament, sus partidos y la Junta Electoral para cumplir la resolución judicial.

Cuenta con que, después de cierto ruido, nadie resistirá.

stats