La crisis constitucional persiste

El nacionalismo catalán evidenció que no tenía fuerza para imponer pero sí para desestabilizar

Javier Pérez Royo
3 min

No conozco ninguna historia de la Guerra Civil americana que responsabilice de la misma a la sentencia del Tribunal Supremo en el caso Dred Scott versus Stanford. Pero tampoco conozco ninguna en la que dicha sentencia no figure como el detonante de la misma. No fue el Tribunal Supremo el causante de la Guerra Civil, pero sí contribuyó a su estallido. El sistema constitucional tendría que reinventarse.

Salvando todas las distancias, que son muchas, estoy convencido de que, cuando se analice la crisis del sistema constitucional de 1978, nadie responsabilizará de la misma a la STC 31/2010, pero nadie dejará de considerar dicha sentencia como el detonante que puso en marcha una crisis general, que impuso una reinvención del sistema político, que se tendrá que producir necesariamente.

Porque el sistema político configurado por la Constitución de 1978 dejó de funcionar no inmediatamente después de que se hiciera pública la STC 31/2010, pero sí dos años después. Inicialmente pareció que únicamente el PSC-PSOE y ERC en Catalunya y el PSOE en España iban a soportar el coste de la sentencia. El batacazo de ERC y PSC-PSOE en las elecciones autonómicas catalanas de otoño de 2010 sería compensado por una subida espectacular de CiU. El batacazo del PSOE en las elecciones autonómicas y municipales de mayo y en las generales de noviembre de 2011 sería compensado por una subida espectacular del PP. La crisis parecía constitucionalmente manejable. La izquierda tendría que pasar una travesía del desierto, como le ocurrió a la derecha en los años ochenta tras la desaparición de UCD, pero nada más.

A partir de la Diada de 2012 se empezaría a ver que no iba a ser así. El salto de la autonomía a la independencia del nacionalismo catalán representado por CiU supondría el rechazo del “bloque de la constitucionalidad” como fórmula de integración de Catalunya en el Estado. Dicho rechazo pretendió instrumentarse a través de la celebración de un referéndum, que ha tenido y no ha tenido lugar al mismo tiempo en dos ocasiones. El nacionalismo catalán evidenció que no tenía fuerza para imponer su propuesta, pero sí para desestabilizar el sistema político de la Constitución de 1978.

Y en ese sistema políticamente desestabilizado estamos instalados claramente en Catalunya desde 2012 y en España desde mayo de 2014, en que tras los resultados de las elecciones europeas, se produciría la abdicación del Rey Juan Carlos I y, sobre todo, desde las elecciones municipales y autonómicas de mayo y generales de diciembre de 2015.

En los municipios y en las Comunidades Autónomas la crisis de gobernabilidad ha podido ser hasta cierto punto controlada. Con mayores o menores dificultades se está consiguiendo formar gobierno. Pero en Catalunya y en el Estado no ha sido posible. Las tres últimas investiduras del President de la Generalitat, la de 2012 de Artur Mas, la de 2015 de Carles Puigdemont y la de 2018 de Quim Torra y el desarrollo de la vida parlamentaria en las tres legislaturas en las que fueron investidos serán estudiadas como el antimodelo de lo que es un régimen parlamentario.

Y en Catalunya, a pesar de todos los pesares, ha sido posible investir a un President de la Generalitat y se ha conseguido evitar la repetición de elecciones. En España no fue posible en 2016 y parece que tampoco va a ser posible en 2019. La ingobernabilidad de Catalunya desatada por la STC 31/2010 ha conducido, como cabía prever, a una crisis de gobernabilidad del Estado. España no puede gobernarse democráticamente sin que Catalunya se autogobierne, es decir, se autodirija de conformidad con una fórmula constitucional y estatutaria aceptada por los ciudadanos de manera muy mayoritaria. No con una fórmula que se le imponga desde el Estado contra el voto expreso de los ciudadanos en referéndum.

Desde la STC 31/2010 esa fórmula no existe. Formalmente sí, pero materialmente no. Y de ahí viene la ingobernabilidad de Catalunya y, como consecuencia de la misma, la ingobernabilidad del Estado. Seguimos donde estábamos. La integración de Catalunya en el Estado sigue siendo el problema constitucional sin cuya solución la democracia no es posible en España. En la Constitución de 1978 se diseñó una fórmula, pacto entre el Parlament y las Cortes Generales más referéndum, que funcionó entre 1980 y 2010, pero que fue dinamitada por la STC 31/2010, que desautorizó el pacto y desconoció el resultado del referéndum.

Formalmente la crisis afectaba a Catalunya exclusivamente. Materialmente suponía una crisis de Estado. En esas seguimos.

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