Los centros comerciales podrán reabrir con el 30% del aforo a partir del próximo lunes

El cierre municipal de fin de semana pasará a ser comarcal y las equipaciones culturales podrán acoger hasta 1.000 personas con ventilación reforzada

Ara
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BarcelonaEl Procicat, reunido este sábado, ha acordado permitir la reapertura de los centros comerciales a partir del próximo lunes, 14 de diciembre, con el 30% del aforo. También ha autorizado la movilidad dentro de la misma comarca a partir del próximo viernes, con lo cual el confinamiento municipal del fin de semana pasará a ser comarcal. Lo que sí se mantiene es el confinamiento perimetral de Catalunya.

Las dos medidas de flexibilización tienen el objetivo de esponjar la concentración de personas en espacios urbanos y, a la vez, facilitar el acceso a determinados servicios no presentes en municipios pequeños durante el fin de semana.

Centros comerciales abiertos al 30% del aforo

La reapertura al público de los centros y recintos comerciales estará condicionada a la reducción al 30% de su aforo y a que se garantice una buena ventilación de los espacios cerrados, mediante ventilación natural u otros sistemas de ventilación. Esta limitación del aforo se aplicará tanto a los establecimientos y locales comerciales como las zonas comunes y de paso. Para cumplir la limitación, los centros y recintos comerciales tendrán que establecer sistemas de control de aforo y flujos, en los establecimientos y locales que se encuentran ubicados y también en los accesos, incluidos los aparcamientos. También se restringe el acceso y el uso de las zonas recreativas, como por ejemplo zonas infantiles o áreas de descanso.

Ampliación del máximo de personas en actividades culturales y religiosas

Por otro lado, las equipaciones culturales -teatros, cines y auditorios, con programación artística estable, tanto en recintos cerrados como al aire libre-, y los espacios habilitados para la realización de espectáculos públicos, podrán continuar abiertos, limitando el aforo al 50% y con un número máximo de 500 personas por sesión, siempre y cuando se garantice una buena ventilación de los espacios cerrados. Pero, además, la resolución prevé que, todas estas actividades, si se cumplen unas condiciones de ventilación reforzada y se garantizan las medidas de control de aglomeraciones, podrán acoger hasta un máximo de 1.000 personas por sesión o actuación, siempre y cuando no se sobrepase el límite del 50% del aforo máximo autorizado.

En este sentido, los titulares de las actividades tendrán que presentar una declaración responsable al departamento de Cultura y al ayuntamiento del municipio donde se ubique el espacio de la actividad, informando de las características de los sistemas de ventilación y calidad del aire y de los controles de accesos y movilidad.

Por último, en cuanto a los actos religiosos y ceremonias civiles -bodas, servicios religiosos y ceremonias fúnebres-, podrán abrir limitando el aforo al 30% y con un número máximo de 500 personas. Ahora bien, como en el caso de las equipaciones culturales, si acreditan una ventilación reforzada podrán acoger hasta un máximo de 1.000 personas siempre y cuando no se supere este 30% del aforo. También en todos estos casos los titulares de estas actividades tendrán que presentar la declaración responsable al departamento de Justicia, el órgano competente en materia de asuntos religiosos, y al ayuntamiento del municipio donde se ubique el espacio de la actividad.

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