El tribunal del juicio a Trapero se debate entre la desobediencia y la absolución

Los tres miembros del tribunal trabajan para dictar sentencia antes del mes de agosto

Ernesto Ekaizer
2 min
El tribunal del juicio a Trapero se debate entre la desobediencia y la absolución

Madrid¿Dictará sentencia el tribunal de la Audiencia Nacional antes del 31 de julio sobre la conducta del mayor de los Mossos Josep Lluís Trapero, la intendente Teresa Laplana y los ex responsables de Interior César Puig y Pere Soler? Fuentes judiciales señalan que los tres miembros del tribunal -Concepción Espejel, presidenta; Ramón Sáez, ponente, y Francisco Vieira- trabajan intensamente para poder dictar sentencia antes del mes de agosto.

Aunque el decreto-ley del 29 de abril para paliar los efectos de la crisis sanitaria sobre la justicia declaró hábiles para todas las actividades judiciales los días entre el 11 y el 31 de agosto, los magistrados estarían en condiciones de dictar sentencia al final de julio.

El juicio acabó, después de tres meses de paralización, el pasado 17 de junio. Fuentes judiciales señalaron al diario ARA que los magistrados aprovecharon, empero, el paréntesis de esos tres meses para avanzar en la sentencia.

La prueba pericial y testifical del juicio oral terminó a mediados de marzo, pero la inminente declaración del estado de alarma llevó a suspender el juicio oral el 13 de marzo, que se reanudó el 15 de junio con los informes finales de la fiscalía y de las defensas de los acusados, dictándose el visto para sentencia el 17 de junio.

La Fiscalía de la Audiencia Nacional dio en su informe final prácticamente por perdida la calificación de sedición, delito por el cual había solicitado 10 años de prisión para Trapero, Puig y Soler, y 4 para Laplana y ofreció al tribunal una condena alternativa por el delito de desobediencia, que contempla inhabilitación, pero no pena de prisión.

Fuentes judiciales resaltan que el tribunal ha examinado ampliamente la prueba practicada y ha descartado la sedición (hay que recordar que la Fiscalía empezó acusando por el delito de rebelión, abandonado en su calificación final). El debate se ha centrado, según esas fuentes, en el delito de desobediencia y en la absolución.

La idea de solicitar a la desesperada la condena por desobediencia para evitar la absolución es considerada como un recurso que desafía las bases de la administración de justicia. “Se olvida que el sistema de justicia penal cumple su función tanto cuando el tribunal sentenciador alcanza un pronunciamiento condenatorio, como absolutorio, por lo que la absolución nunca puede entenderse como un fracaso del sistema de justicia penal, más aún, cuando exista duda razonable y razonada, ésta debe resolverse en favor de la absolución”, señala el magistrado emérito de la Sala Segunda del Tribunal Joaquín Giménez, consultado por este diario.

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