Política 13/03/2020

La Fiscalía abre la puerta a una sentencia por desobediencia contra Trapero

El fiscal jefe de la Audiencia Nacional Jesús Alonso obtiene luz verde de la fiscal general Delgado

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Ernesto Ekaizer
3 min
La Fiscalia obre la porta a una sentència  per desobediència contra Trapero

MadridEl fiscal jefe de la Audiencia Nacional, Jesús Alonso, ha obtenido la luz verde de la fiscal general del Estado, Dolores Delgado, para modificar su calificación provisional de rebelión en el juicio contra mayor Josep Lluís Trapero, y los exaltos cargos César Puig y Pere Soler y la intendente Teresa Laplana. Como ya se preveía de rebelión pasaran a sedición, pero además incluirán otra figura delictiva temiendo que no puedan convencer al tribunal ni tan siquiera de la sedición: la desobediencia, que no implica penas de prisión.

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El cambio, habida cuenta de la insuficiencia total de indicios probatorios apreciados en el juicio oral, entreabre la puerta para que el tribunal acuerde una sentencia por desobediencia y, según algunas fuentes judiciales, alguna absolución.

El teniente fiscal Miguel Ángel Carballo y el fiscal Pedro Rubira expondrán sucintamente los cambios en su escrito de conclusiones que inicialmente estaba previsto para el próximo lunes día 16, cuando debía reanudarse el juicio. Pero las restricciones provocadas por el coronavirus también han llegado a la Audiencia Nacional y la presidenta del tribunal, Concepción Espejel -muy concienciada por la importancia del coronavirus, habida cuenta de que su hija es médico y ha vivido la experiencia en Milán- ha suspendido el juicio sine die.

El juicio oral comenzó el pasado 20 de enero con una acusación por el delito de rebelión y la exigencia de 11 años de prisión y de inhabilitación para Trapero, César Puig y Pere Soler y de 4 años de cárcel por sedición y cinco de inhabilitación para Laplana por los hechos del 20 de septiembre de 2017.

La prueba testifical y documental acabó el pasado miércoles, día miércoles 11 de marzo. Ya al comenzar la vista oral , el fiscal Carballo anunció que la Fiscalía cambiaría la calificación habida cuenta de que la sentencia del Procés del Tribunal Supremo había absuelto a los acusados por el delito de rebelión y les había condenado por sedición. Sin embargo, el cambio de posición de la Fiscalía de la Audiencia Nacional va ahora más lejos.

Sin pruebas concluyentes

En el juicio quedó en evidencia que el dispositivo del 1-0 fue elaborado por el alto mando de la prefectura de los Mossos, en el que, además del mayor Trapero, desempeñó un papel estelar el entonces comisario de Coordinación Territorial, Ferran López. Pero Lopez fue nombrado jefe de los Mossos en sustitución de Trapero tras la aplicación del artículo 155 de la Constitución el 27 de octubre de 2017.

La encrucijada de la Fiscalía de la Audiencia Nacional quedó patente el pasado miércoles, día 11 de marzo, durante la declaración del último testigo, José Antonio Puigserver, secretario general técnico del Ministerio del Interior (nombrado tras el 155 a cargo de la secretaría general de Interior y de la dirección general de Policía catalana).

El fiscal Rubira le preguntó por qué habían mantenido al frente de los Mossos a Ferran López en lugar de Trapero. Que el fiscal que acusa a Trapero de rebelión y le pide 11 años de prisión hiciera esta pregunta era revelador de que el castillo de naipes construido contra el mayor de los Mossos se había venido abajo.

Aunque la Fiscalía acusación por sedición, lo cierto es que introducir el delito alternativo de desobediencia del artículo 410 del Código Penal, en relación con la presunta resistencia o reticencia a cumplimentar las órdenes del Tribunal Constitucional, la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) y de la juez Mercedes Armas del TSJC, supone el reconocimiento de que la teoría de los magistrados Carmen Lamela y Pablo Llarena y los fiscales tanto del Supremo como de la Audiencia Nacional, basada en los atestados del teniente coronel de la guardia civil Daniel Baena y en las declaraciones del coronel de la guardia civil Diego Pérez de los Cobos, carecía de pruebas sólidas. Lo mismo vale para la sentencia del 14 de octubre del Tribunal Supremo según la cual los Mossos actuaron en connivencia con el Govern de la Generalitat el 1 de octubre de 2017.

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